¿Cómo empadronarse?
Requisitos para empadronarse individualmente
- Origina y copial del DNI, NIE o PASAPORTE.
 - Original y copia de la Escritura de la VIVIENDA, o recibo del IBI (contribución) o Contrato de alquiler (uno solo de estos documentos).
 - Ser mayor de edad
 
Requisitos para empadronar una Unidad Familiar
- Los mismos requisitos anteriores.
 - Original del Libro de Familia, para menores de edad.
 - Autorización Colectiva por la Ley de Protección de Datos tanto de las personas que ya están inscritas como las que se van a inscribir.
 
	
	CONSIDERACIONES sobre la VIVIENDA
Cuando una persona desea empadronarse en una vivienda que no es de su propiedad, deberá acudir acompañado del propietario o titular del arrendamiento, para que éste autorice bajo su responsabilidad el empadronamiento en su domicilio. O una autozación expresa del propietario firmada.
CONSIDERACIONES sobre las PERSONAS
Empadronarse es un derecho y una obligación individualizada. Por este motivo las personas tienen que venir personalmente tanto para darse de Alta como para cualquier variación de datos y refrendarlos con su firma.
VARIACIONES
- Cambio de domicilio dentro del mismo municipio (de Mijas a Mijas)
- Aportar Escritura, Recibo del IBI (Contribución), Contrato de compraventa o contrato de alquiler de la nueva vivienda (uno solo de estos documentos).
 
 - Cambio de domicilio a otro municipio (de Mijas a otro)
- SI tiene que darse de Alta en el nuevo municipio de residencia.
 
 - Para EXTRANJEROS. (de Mijas a Extranjero)
- Si regresan a su país de origen y tienen dudas de si van a regresar a España, deben notificarlo para proceder a la Baja Temporal.
 
 
DOCUMENTOS
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