{"id":969,"date":"2013-09-19T17:35:38","date_gmt":"2013-09-19T17:35:38","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/pruebaweb\/?p=969"},"modified":"2013-09-19T17:35:38","modified_gmt":"2013-09-19T17:35:38","slug":"mijas-impide-uso-vividero-de-sotanos-en-el-termino-municipal-para-frenar-los-casos-de-infravivienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mijas.es\/portal\/mijas-impide-uso-vividero-de-sotanos-en-el-termino-municipal-para-frenar-los-casos-de-infravivienda\/","title":{"rendered":"Mijas impide uso vividero de s&oacute;tanos en el t&eacute;rmino municipal para frenar los casos de infravivienda"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">\n\tLa Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mijas ha aprobado en su reuni\u00f3n de hoy la modificaci\u00f3n de la Ordenanza Urban\u00edstica para el establecimiento de las Normas M\u00ednimas de Habitabilidad de las edificaciones, impidiendo el uso v\u00edvidero de los s\u00f3tanos en todo el t\u00e9rmino municipal.<\/p>\n<p><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tLa prohibici\u00f3n de que los s\u00f3tanos sea convertidos en vivienda, es decir habitaciones para el descanso y otras dependencias, tiene por objetivo frenar los casos de infravivienda y evitar que este tipo de construcciones subterr\u00e1neas puedan ser comercializadas o alquiladas como viviendas por \u00abpersonas sin escr\u00fapulos\u00bb, seg\u00fan se\u00f1al\u00f3 el concejal de Urbanismo, Manuel Navarro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\t\u00abPretendemos luchar contra todos aquellos que especulan con la necesidad de viviendas de la gente que tiene necesidades\u00bb, indic\u00f3 el edil, para asegurar que en muchos de estos casos \u00abesos propietarios convierten esas construcciones sin las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad en pisos patera\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tEn la ordenanza en vigor se limita la prohibici\u00f3n en s\u00f3tanos a \u00abpiezas habitables\u00bb, es decir estancias para el descanso. Sin embargo, la modificaci\u00f3n aprobada hoy en Junta de Gobierno impide el car\u00e1cter vividero todas las construcciones situadas en plantas bajo rasante.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tLa \u00fanica excepci\u00f3n que la norma contempla hace referencia a los casos de viviendas ubicadas en terrenos con mucha pendiente, en la que \u00ablos s\u00f3tanos son realmente semis\u00f3tanos\u00bb, explic\u00f3 el edil.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tHasta ahora, esta prohibici\u00f3n se circunscrib\u00eda exclusivamente al suelo no urbanizable, si bien con la modificaci\u00f3n aprobada hoy en Junta de Gobierno se hace extensible a todo el t\u00e9rmino municipal, de forma especial a los cascos urbanos consolidados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tLa Ordenanza de las Normas M\u00ednimas de Habitabilidad especifica que una vivienda debe disponer de una superficie \u00fatil no inferior a 24 metros cuadrados, disponer de equipo de cocina y cuarto de aseo independiente, disponer de iluminaci\u00f3n natural en todas las piezas habitables \u00bb estancias para el descanso \u00bb cuya medida m\u00ednima ser\u00e1 de 1,80&#215;1,80, mientras que la sala de estar deben posibilitar la inscripci\u00f3n \u00abde al menos un cuadrado de 2,40&#215;2,40\u00bb.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tIgualmente, el texto legal indica que la altura m\u00ednima entre el pavimento y techos acabados de las habitaciones ser\u00e1 de 2,50, mientras que en vest\u00edbulos, pasillos y cuartos de aseo esa altura se fija en 2,20.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n\tS\u00f3lo se considerar\u00e1 habitable una construcci\u00f3n si re\u00fane una red interior para suministro de agua y de desag\u00fce para los aparatos sanitarios y electrodom\u00e9sticos, as\u00ed como red de fluido el\u00e9ctrico. Adem\u00e1s, todas las viviendas deber\u00e1n disponer de aparatos sanitarios para el ba\u00f1o o la ducha, lavabo e inodoro, as\u00ed como \u00abfregadero y espacios aptos para cocinar y lavar\u00bb.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mijas ha aprobado en su reuni\u00f3n de hoy la modificaci\u00f3n de la Ordenanza Urban\u00edstica para el establecimiento de las Normas M\u00ednimas de Habitabilidad de las edificaciones, impidiendo el uso v\u00edvidero de los s\u00f3tanos en todo el t\u00e9rmino municipal. 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