Condiciones de seguridad y montaje en lo referente a la actividad de comercio ambulante en el municipio

23 de junio de 2020

Ayuntamiento de Mijas

Departamento de Mercadillos

Una vez superado el estado de alarma aprobado por el Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo del 2020, y en entrado en la llamada nueva normalidad, se han aprobado una serie de normas de obligado cumplimiento, en concreto a nivel estatal el Real Decreto-ley 21/2020 de 9 de junio y a nivel autonómico la Orden de 19 de junio de 2020, la cuales regirán nuestra actividad entre otros aspectos hasta que las autoridades competentes declaren el fin de la alarma sanitaria. Por ello, a continuación se detallarán las normas de obligado cumplimiento, teniendo en cuenta que pueden ser modificadas dependiendo de la evolución de la situación sanitaria y de las instrucciones emanadas de las autoridades. Las condiciones de seguridad y de montaje serán las siguientes:
  1. PUNTO PRIMERO. Todos los puestos realizarán el montaje en su ubicación habitual, aunque debido a la falta de asistencia por parte de algunos vendedores, los inspectores podrán indicar y reorganizar el Mercadillo para una mejor distribución de los puestos.
  2. PUNTO SEGUNDO. Los puestos serán de 6 metros de frontal. En el caso de que uno de los laterales no tenga pasillo respecto al otro puesto, se tendrá que instalar en ese lado de forma obligatoria una mesa, expositor o similar y en caso de que no se disponga de tal mobiliario, se tendrá que colocar un toldo, tela o similar para que la separación respecto al puesto lateral sea efectiva.
  3. PUNTO TERCERO. Todos los vendedores están obligados a usar mascarilla durante la jornada laboral, salvo que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria, en este caso deberá usar una pantalla protectora facial.
  4. PUNTO CUARTO. Los puestos de alimentación, incluido las bebidas, además de cumplir todo lo expuesto en el presente documento, deberán tener las siguientes medidas:
    • Tener instalado una pantalla protectora que impida que el cliente pueda tocar los productos o artículos. La mercancía solo puede ser manipulada por las personas titulares o autorizadas.
    • Deberán tener durante toda la jornada laboral, guantes de protección.
    • Estará prohibido fumar dentro del puesto, tanto por los titulares, autorizados o clientes.
  5. PUNTO QUINTO. Será obligatorio que todos los puestos tengan a disposición del cliente un dispensador de gel hidroalcohólico o desinfectante.
  6. PUNTO SEXTO. Se deberá garantizar por parte de los servicios de inspección y agentes de la autoridad del Ayuntamiento de Mijas, la separación de 1,5 metros entre clientes Ayuntamiento de Mijas. Libro General de Salida Nº 2020016926 23/06/2020 09:07:09 . Autenticidad verificable en https://sede.mijas.es/validacion. C.S.V nº 13072626136511016254 y titulares de los puestos, salvo que usen mascarillas. Se recomienda independientemente del uso obligatorio de mascarillas, mantener dicha distancia como medida preventiva y minimizar riesgos de contagio.
  7. PUNTO SÉPTIMO. Cuando se termine la jornada laboral, se deberá desinfectar la instalación, especialmente las zonas o superficies de contacto más frecuentes.
  8. PUNTO OCTAVO. En los puestos que tengan un probador, solo podrá ser utilizado por una persona y se limpiará y desinfectará tras su uso.
  9. PUNTO NOVENO. No se podrá poner a disposición de los clientes, productos de uso y prueba, tales como cremas, colonias… solo se permitirá su venta de forma directa como cualquier otro producto. Igualmente, en la venta de artículos de bisutería, joyas o similares, los clientes no podrán probarse el artículo.
  10. PUNTO DÉCIMO. Se recomendará el pago con tarjetas.
Por su parte, el Ayuntamiento de Mijas, realizará lo siguiente:
  • Balizará con cinta o colocará vallas tras los vehículos de los vendedores para impedir que los clientes pasen por medio de los puestos, señalizándose la entrada y habilitando al final del recorrido la salida.
  • Instalará en la entrada del mercadillo a disposición de los clientes, dispensadores de gel hidroalcohólico o desinfectante.
  • Colocará cada 15-20 metros en las zonas comunes del mercadillo, carteles avisando de la separación mínima que deberá respetar las personas y todas las medidas higiénicas y sanitarias obligatorias.
  • Presencia de Policía Local, Servicios de inspección y vigilancia para que todas las medidas se lleven a cabo.
  •  Se desinfectará la zona del montaje del mercadillo antes de su inicio y al final del mismo.
  • Colocará papeleras o contenedores por el mercadillo para que las personas puedan depositar con seguridad los guantes, mascarillas, pañuelos…

Mijas a 23 de junio de 2020

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