Matrimonio Civil Extranjeros
Para mayor información sobre el Matrimonio Civil de Extranjeros contacten con la Casa Consistorial de Mijas Pueblo.
Documentos a presentar por extranjeros para contraer matrimonio en el Ayuntamiento:
Solteros
- Certificado de Nacimiento. (Apostillado o legalizado por el Consulado y traducido al castellano por intérprete jurado o por el Consulado) (*)
- Certificado de Empadronamiento. (Expedido por el Ayuntamiento donde resida)
- Certificado de Solteria. (Expedido por el Consulado)
- Fotocopia, N.I.E. o Pasaporte
- Dos testigos
Viudos
- Certificado de Nacimiento. (Apostillado o legalizado por el Consulado y traducido al castellano por intérprete jurado o por el Consulado) (*)
- Certificado de Empadronamiento. (Expedido por el Ayuntamiento donde resida)
- Certificado del Matrimonio anterior. (Apostillado o legalizado y traducido al castellano) (*)
- Certificado de defunción del cónyuge anterior. (Apostillado o legalizado y traducido al castellano) (*)
- Certificado del Consulado de no impedimento para contraer matrimonio
- Fotocopia, N.I.E. o Pasaporte
- Dos testigos
Divorciados
- Certificado de Nacimiento. (Apostillado o legalizado por el Consulado y traducido al castellano por intérprete jurado o por el Consulado) (*)
- Certificado de Empadronamiento. (Expedido por el Ayuntamiento donde resida)
- Certificado del Matrimonio anterior, con anotación de DIVORCIO, apostillado o legalizado por el Consulado y traducido al castellano. Si no consta la anotación del DIVORCIO, deberá aportar además, la sentencia del Divorcio, también apostillada o legalizada y traducida al castellano) (*)
- Certificado del Consulado de no impedimento para contraer matrimonio
- Fotocopia, N.I.E. o Pasaporte
- Dos testigos
(*) Las Certificaciones de Registros Civiles Extranjeros, junto con la
Apostilla o Legalización y la traducción al Castellano, se pueden suplir
con una Certificación Plurilingüe de Nacimiento, Matrimonio o
Defunción, según los casos, conforme al convenio firmado en Viena el 8
de Septiembre de 1976, Número 16 de la Comisión Internacional del Estado
Civil, sobre la Expedición de Certificaciones Plurilingües de las Actas
del Registro Civil de Nacimiento. (Apostillado o legalizado por el
Consulado)