Art铆culo 138. Actos sujetos a declaraci贸n responsable o comunicaci贸n previa. 1. Est谩n sometidas a declaraci贸n responsable, en el marco de lo establecido en la legislaci贸n estatal, las siguientes actuaciones: a) La realizaci贸n de obras de escasa entidad constructiva y sencillez t茅cnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislaci贸n vigente. Las Ordenanzas Municipales podr谩n eximir de declaraci贸n responsable aquellos supuestos en que las actuaciones carezcan de afecci贸n a la ordenaci贸n urban铆stica o a la normativa de la edificaci贸n, sin perjuicio de aquellos supuestos, en los que, de acuerdo con la legislaci贸n sectorial aplicable, tales obras deban quedar sujetas a alg煤n r茅gimen de intervenci贸n administrativa. b) Las obras en edificaciones o instalaciones existentes que sean conformes con la ordenaci贸n territorial y urban铆stica o se encuentren en situaci贸n legal de fuera de ordenaci贸n, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformaci贸n urban铆stica, siempre que no alteren los par谩metros de ocupaci贸n y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o en el n煤mero de viviendas. c) Las obras en edificaciones e instalaciones existentes que sean conformes con la ordenaci贸n territorial y urban铆stica o se encuentren en situaci贸n legal de fuera de ordenaci贸n, situadas en suelo r煤stico y que tengan por objeto la mejora de las condiciones de eficiencia energ茅tica, la integraci贸n de instalaciones de energ铆a renovable o la reducci贸n de su impacto ambiental, siempre que no supongan obras de nueva planta o aumento de la superficie construida.
Para el resto de obras se deber谩 solicitar licencia de obras.